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DEFINE COMISIÓN PROCEDIMIENTO PARA LA REMOCIÓN DE LOS SERVIDORES PÚBLICOS INTEGRANTES DEL ÓRGANO INTERNO DE CONTROL DE LA CEDH.

Para establecer en la Ley de la Comisión Estatal de Derechos Humanos del Estado de San Luis Potosí, un procedimiento claro para la remoción de los servidores públicos integrantes del órgano interno de control de la CEDH, la Comisión de Derechos Humanos, Igualdad y Género aprobó la reforma a los artículos, 79 en su párrafo primero, y 79 Bis en su párrafo primero, de la Ley de la Comisión Estatal de Derechos Humanos del Estado de San Luis Potosí.

 

Con esta modificación, se establece que la persona titular del Órgano Interno de Control, no podrá ser removida sino por causa justificada, debidamente fundada y motivada cuando así lo determine el Pleno del Congreso por mayoría de sus integrantes y el nuevo nombramiento será por el término que le reste a la autoridad sujeta a remoción.

 

De igual manera, se establece que las autoridades, Investigadora; y Substanciadora, integrantes del Órgano Interno de Control, no podrán ser removidas sino por causa justificada, debidamente fundada y motivada cuando así lo determine el Pleno del Congreso por mayoría de sus integrantes y el nuevo nombramiento será por el término que le reste a la autoridad sujeta a remoción.

 

Se indica que para estos cargos, las autoridades serán electas  previa convocatoria pública, por el Congreso del Estado, con el voto de la mayoría de sus miembros, y durarán en su encargo cuatro años, y podrán ser reelectas por una sola vez.

 

Con estas modificaciones, se busca dejar claridad en los mecanismos tanto para el nombramiento de estos cargos, como su remoción, ya que actualmente, la legislación solo contempla el procedimiento de nombramiento y no se plantea la posibilidad de remoción, lo cual constituye una clara laguna jurídica, un vacío legal que genera incertidumbre ante la comisión de una falta grave por parte de alguna de las autoridades en mención.

 

El dictamen respectivo será turnado al pleno posteriormente, para su votación.

 

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